6 de julio de 2026
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Política

El juez Calama pide a la UDEF excluir información personal ajena al caso Zapatero

El magistrado de la Audiencia Nacional ha ordenado a la Unidad de Delincuencia Económica y Fiscal que limite sus informes y anexos a hechos relevantes para la investigación, evitando datos personales innecesarios, tras la filtración de agendas y conversaciones privadas del expresidente.

Coberturas 8 medios

eldiario.es
Izquierda El juez que investiga a Zapatero pide a la UDEF que no incluya en sus informes "información irrelevante" o "datos personales" ajenos a la causa

Calama emite un auto pidiendo a la Policía que se "limite estrictamente a los hechos" investigados, "evitando la inclusión de información innecesaria" para el objeto del procedimientoLa Agencia Tributaria comunica al juez Calama que inspecciona las declaraciones de Zapatero y su familia de 2021 a 2024 José Luis Calama, el juez de la Audiencia Nacional que investiga al expresidente del Gobierno José Luis Rodríguez Zapatero dentro del caso Plus Ultra, ha pedido este viernes a la Unidad de Delincuencia Económica y Fiscal (UDEF) de la Policía Nacional que no incluya en sus informes sobre el exmandatario datos o información que no tenga que ver estrictamente con la causa. En un auto, al que ha tenido acceso elDiario.es, exige en concreto a los policías “que los anexos que se incorporen a sus informes se limiten estrictamente a los hechos a los que estos hagan referencia, evitando la inclusión de información innecesaria o irrelevante para el objeto del procedimiento, así como de datos personales ajenos a los hechos investigados”. Calama atiende así una petición expresa de la defensa de Zapatero que tras la publicación de los últimos informes en los que se incluían mensajes personales del expresidente consideró que se podía estar vulnerando su derecho a la privacidad. En concreto, el procurador del exdirigente socialista solicitó el pasado 25 de junio que el juez adoptara las medidas necesarias “para evitar la difusión indiscriminada de datos personales” de su representado “y de otros investigados que se describen en la alegación primera, enviando al efecto los mandamientos y oficios necesarios”. Se refería, por ejemplo, a los mensajes entre Zapatero y su secretaria, Gertrudis Alcázar, incorporados a un informe policial y filtrados a todas las partes en las que hablaban de asuntos personales. Desde la defensa de Zapatero exigieron así una resolución “mandatando a la policía judicial que limite su investigación exclusivamente a los hechos concretos que fueron delimitados en el Auto de 18 de mayo de 2026, con prohibición expresa de servirse de la información masivamente obtenida” del expresidente o de terceros “para investigar cualquier actividad personal o profesional” de Zapatero “más allá de las allí determinadas”. Calama acepta esas peticiones, explica, “sin perjuicio de la remisión íntegra del volcado de los dispositivos” que contengan la información ajena a la causa, con el objetivo de que sea el propio juez “quien proceda a su tratamiento, con intervención del titular de los dispositivos, conforme a las garantías propias del acceso a soportes digitales intervenidos”. Inspección de la Agencia Tributaria Este mismo viernes, la Agencia Tributaria comunicaba al juez de la Audiencia Nacional que ha abierto actuaciones de comprobación e investigación inspectora con relación a Zapatero, a su esposa Sonsoles Espinosa y a sus hijas Alba Rodríguez y Laura Rodríguez, además de a su amigo Julio Martínez Martínez. Asimismo, Hacienda le ha comunicado al magistrado que también investiga a las empresas con las que se les vincula y destaca que la inspección es relativa a los impuestos sobre Sociedades, Valor Añadido, Renta de las Personas Físicas, Patrimonio y Temporal de Solidaridad de las Grandes Fortunas que abarcan los ejercicios de 2021 a 2025.

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Centro El juez del caso de Zapatero pide a la UDEF que excluya "información innecesaria" ajena a la investigación

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El juez de la Audiencia Nacional José Luis Calama ha respondido a la queja formulada por la defensa del expresidente del Gobierno José Luis Rodríguez Zapatero y ordena a la Unidad de Delincuencia Económica y Fiscal (UDEF) de la Policía Nacional que no incluya en sus informes ni en los anexos "información innecesaria o irrelevante" para la investigación. La petición del juez llega después de que se filtraran los datos personales y las agendas de 2024 y 2025 del expresidente del Gobierno. En el auto, al que ha tenido acceso ElPlural.com, el juez Calama añade que la causa por la que se investiga a Zapatero, "pese a no ser pública", está siendo "objeto de filtraciones constantes que exponen datos íntimos tanto del investigado como de terceros". Al hilo de ello, el magistrado de la Audiencia Nacional agrega que "la policía ha incorporado a sus informes documentación personal completa (agendas de 2024 y 2025 y comunicaciones privadas) sin expurgo ni justificación; y que esta práctica convierte el procedimiento en un espacio sin control donde la vida privada del investigado queda accesible y difundida sin límite". A razón de ello, en el auto, el juez solicita que se ordene a la policía que "solo incorpore documentación estrictamente necesaria, evitando anexos íntegros de carácter personal". Asimismo, pide también que "se abra una pieza separada de expurgo accesible solo al Ministerio Fiscal y al afectado, para eliminar datos ajenos al objeto procesal antes de subirlos al Cloud; y se adopten medidas eficaces contra filtraciones, incluyendo marcas de agua obligatorias en informes policiales y anexos, y exigir a las unidades policiales que incorporen marcas propias en toda documentación remitida". Respecto a la solicitud de apertura de una pieza de expurgo, el juez Calama subraya que "el volcado de los dispositivos intervenidos en las presentes actuaciones no ha sido puesto a disposición de las partes, de modo que los datos cuya difusión se denuncia no provienen de dicho volcado, sino de anexos incorporados a un informe policial". "Ello determina que tales anexos no puedan ser objeto de expurgo en sentido propio, pues no se trata de un conjunto indiscriminado de datos brutos pendientes de depuración, sino de documentación ya seleccionada por la unidad policial", añade. A razón de ello, avanza que "este órgano judicial ordenará que, en lo sucesivo, los anexos que se incorporen se limiten estrictamente a los hechos a los que los informes hagan referencia, evitando la inclusión de información innecesaria o irrelevante para el objeto del procedimiento, así como de datos personales ajenos a los hechos investigados". Entre otras cosas, sobre la marca de agua, el juez precisa en este auto que "cuando los documentos son subidos -a la plataforma Cloud- en formato comprimido tal marca no se general cuando son descargados". "Por tanto, en lo sucesivo no se incorporarán archivos de texto con dicho formato", remarca. En este sentido, el magistrado añade que "a fin de preservar la expresada reserva de los documentos obrantes en el Cloud, resulta necesario valorar la adopción...

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