6 de julio de 2026
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Justicia

El Tribunal Supremo anula definitivamente el proyecto de los parkings del entorno del Bernabéu

El Tribunal Supremo ha desestimado el recurso de casación presentado por el Real Madrid, confirmando la sentencia previa del Tribunal Superior de Justicia de Madrid que anulaba la concesión de las obras de los aparcamientos subterráneos junto al estadio.

Coberturas 4 medios

El País
Izquierda El Supremo desestima el recurso del Real Madrid y cierra la puerta a la licitación de los párkings del Bernabéu

El fallo condena en costas al club y desestima como “carentes de interés casacional” la mayoría de sus argumentos

COPE
Derecha El Supremo tumba el recurso del Real Madrid y anula la autorización de los parkings del Bernabéu

El Tribunal Supremo ha inadmitido el recurso de casación presentado por el Real Madrid contra la sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Madrid (TSJM) que mantuvo la decisión judicial que anuló la concesión de las obras de los parkings que se iban a construir en el entorno del estadio Santiago Bernabéu, en la calle Padre Damián y en el Paseo de la Castellana.En una providencia fechada el 24 de junio, a la que tuvo acceso Europa Press, la Sección Primera de la Sala de lo Contencioso-Administrativo acuerda no admitir el recurso del club merengue contra un auto dictado el pasado mes de octubre que desestimaba los recursos del Ayuntamiento de Madrid y el Real Madrid. Los magistrados consideran que el recurso carece de interés casacional objetivo para la formación de jurisprudencia y que las cuestiones planteadas ya cuentan con doctrina consolidada tanto del Tribunal Constitucional como del propio Supremo. Los magistrados consideran que el recurso carece de interés casacional objetivo para la formación de jurisprudencia y que las cuestiones planteadas ya cuentan con doctrina consolidada tanto del Tribunal Constitucional como del propio Supremo.El Alto Tribunal rechaza el principal argumento del Real Madrid, que sostenía que sufrió indefensión al no haber sido emplazado personalmente como parte codemandada en la primera instancia.La Sala recuerda que existe doctrina constitucional consolidada según la cual el conocimiento extraprocesal del procedimiento puede neutralizar los efectos de la falta de emplazamiento personal, y considera que la sentencia recurrida aplicó correctamente esa jurisprudencia tras valorar las pruebas sobre el conocimiento que tenía el club del recurso promovido por la asociación vecinal.Asimismo, el Supremo señala que el recurso pretendía reabrir cuestiones de hecho y de valoración de la prueba, materias que quedan fuera del ámbito del recurso de casación, cuyo objetivo es la unificación de la jurisprudencia y no la revisión de los hechos del litigio.Respecto a otros motivos invocados por el Real Madrid, como la legitimación de la Asociación Vecinal de Perjudicados por el Bernabéu o la naturaleza de la autorización municipal como acto recurrible, la Sala destaca que se trata de cuestiones ya resueltas por una doctrina consolidada o que fueron introducidas por primera vez en casación, por lo que tampoco justifican la admisión del recurso.En concreto, el Supremo avala el criterio del TSJM de que la autorización municipal de 10 de marzo de 2023 constituía un acto de trámite cualificado al abrir el procedimiento contractual y producir efectos jurídicos relevantes, por lo que era susceptible de impugnación.La resolución también impone al Real Madrid el pago de las costas del incidente de admisión, con un límite máximo de 2.000 euros, más el IVA correspondiente si procede, y declara que contra esta providencia no cabe recurso alguno.El TSJM confirmó la sentencia dictada por el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo número 30 de Madrid e impuso las costas procesales a la parte apelante.Los vecinos fundamentaban su pretensión por una posible infracción por parte de la Administración del procedimiento legalmente establecido respecto a las actuaciones preparatorias del contrato de concesión y sostenía que los proyectos autorizados infringían las Normas Urbanísticas del Plan General de Ordenación Urbana (PGOU) de Madrid en lo relativo al uso de garajes y aparcamientos.La sentencia impugnada sostenía que tanto el estudio de viabilidad presentado por el Real Madrid C.F. como el posterior estudio de viabilidad económico-financiera elaborado por la Administración sufrieron "una alteración significativa" tras el trámite de audiencia pública, "siendo el propio Ayuntamiento quien introdujo importantes modificaciones las cuales no fueron sometidas nuevamente a información pública".

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El Real Madrid pierde los parkings del Bernabéu: el Tribunal Supremo anula el concurso a medida que le otorgó Almeida

El Alto Tribunal rechaza el recurso de casación que presentó el club de Florentino Pérez contra los vecinos que ganaron la primera demanda, anula las obras iniciadas y los 45 años de concesión. El Ayuntamiento, que se retiró de la demanda, es partidario de negociar la construcción solo del aparcamiento de la Castellana, el más avanzadoNuevo varapalo judicial al Real Madrid: rechazado su recurso contra la detención de las obras en los parkings del Bernabéu El Real Madrid no podrá construir sus ansiados aparcamientos sobre suelo público junto al Santiago Bernabéu. El Tribunal Supremo acaba de inadmitir a trámite su recurso contra la anulación del concurso municipal que le adjudicó el Gobierno de Almeida, por lo que el club de fútbol se queda sin poder construirlos y sin los 45 años de explotación prevista. La sentencia a la que ha tenido acceso este periódico, que es definitiva, da la razón a la Asociación de Vecinos Perjudicados por el Bernabéu, que denunciaron la ilegalidad del concurso. Esta quedó aceptada en primera instancia con unas duras afirmaciones, entre ellas la falta de “interés público” en toda esta operación, que el Ayuntamiento había ejecutado a petición del Real Madrid. Aquella sentencia consideró acreditado que hubo cambios relevantes en el estudio de viabilidad económico-financiera y estos no se sacaron a información pública, como era obligatorio. Los aparcamientos, además, son incompatibles con el propio Plan Especial del entorno, algo que ya pusieron de manifiesto los técnicos municipales del área de Desarrollo Urbano a través de un documento desvelado por Somos Madrid. Ahora, el Supremo ratifica esta sentencia y la más reciente del Tribunal Superior de Justicia de Madrid (TSJM), que también otorgaba durante 45 años la gestión de forma privada de 10.000 m2 de espacio público junto al estadio, donde el club merengue iba a poder organizar eventos. A este concurso a medida junto al Bernabéu solo se presentó la empresa Madrid Estadio SL. Según la providencia consultada por Somos Madrid, el Supremo considera insuficientes los argumentos del Real Madrid a la hora de hacer valer sus argumentos para que se estimara su recurso. También ratifica la legitimación de la asociación vecinal para plantear la demanda después de una “cumplida constatación”. “En cuanto al fondo, la sentencia recurrida alcanza su conclusión en atención a la valoración de la prueba practicada, por lo que tampoco puede admitirse el recurso de casación en este punto”, añade antes de las anteriores consideraciones, por lo que inadmite el recurso e impone 2.000 euros en costas al Real Madrid. Apoya el trabajo periodístico de Somos Madrid Esta información ha podido salir a la luz gracias a las personas que apoyan la edición local de Madrid en elDiario.es. Si tú también quieres y puedes hacerlo, hazte socia, hazte socio y contribuye a sostener nuestro trabajo diario y a publicar exclusivas que cambien las cosas. Si ya tienes una suscripción, puedes hacer una aportación extra a la sección local de Madrid para apoyar las informaciones de proximidad, sobre lo que importa en el día a día de los habitantes de esta ciudad: para hacerlo, entra en el apartado de 'tu cuota' en tu perfil privado. Tu ayuda al periodismo local es importante.

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Libertad Digital

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